Impuestos Internos. Cigarrillos. Adicional de emergencia sobre el precio final de venta. Prórroga de la alícuota reducida.
Por medio de la presente, se extiende la alícuota reducida del 7% en el impuesto de emergencia, sobre el precio final de venta de cigarrillos.
Dicha alícuota tendrá vigencia desde el 01/01/2011 hasta el 31/12/2011.