Regímenes especiales. Régimen de incentivo a la inversión local para la fabricación de motocicletas y motopartes. Beneficios impositivos. Disposiciones reglamentarias.
Mediante el presente Decreto se reglamenta el régimen de incentivo a la inversión local para la fabricación de motocicletas y motopartes dispuesto por la Ley 26.457.
Señalamos a continuación, algunos de los principales puntos reglamentados:
- Los interesados en adherirse al presente régimen deberán:
- Declarar anualmente la cantidad de trabajadores en relación de dependencia debidamente acreditados
- Asumir el compromiso por escrito de no despedir ni suspender sin goce de haberes personal afectado al proyecto, ni de modificar la plantilla de dicho personal mientras el programa aprobado se mantenga vigente.
- Se establece como Autoridad de Aplicación a la Secretaría de la Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, quién determinará las formalidades y procedimientos necesarios para adherirse al presente régimen.
- Las inversiones que podrán computarse y afectarse a los proyectos, serán las realizadas a partir del día 20 de abril de 2007.
- Se establece que por bienes de capital se entiende a aquellas posiciones arencelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur. (Anexo I del Dto. 509/2007).
- Asimismo, se definen los términos “motopartes”, “partes ó piezas”, “subconjunto”, “conjunto”, “Completely Knocked Down”, “Semi Knocked Down”, “Completely Built Up”, “Valor CIF de la mercadería importada”.
- Se establece que quienes adhieran a este régimen y sus proveedores deberán emitir sus facturas y demás comprobantes electrónicos, en los términos de la RG 1415.
- El Bono Fiscal que se reciba, será nominativo, instransfereible y tendrá una vigencia de 12 meses desde su emisión. El mismo se podrá utilizar para el pago de anticipos y/o saldo de las DDJJ del Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA e impuestos internos.
- Luego de aprobada la solicitud de adhesión, se cuenta con un plazo de 12 meses para efectivizar las inversiones por un monto mínimo equivalente a USD 1.000.000.