Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. Reglamentación.

 

Se reglamenta el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento dispuesto por la Ley (PL) 27.506 (Ver nuestro Tax Report N° 138 del mes de Junio de 2019).

Respecto a los requisitos para la adhesión destacamos lo siguiente:

  • Se considerará el cumplimiento del requisito de actividad principal cuando al menos un 70% de la facturación anual de la persona jurídica se genere por las actividades previstas en el régimen, o con la sumatoria de 2 o más de ellas.
  • Respecto a los gastos en investigación y desarrollo, se considerará cumplimentado el requisito de erogación cuando los gastos realizados a tal fin representen como mínimo el 3% de la facturación total del periodo.
  • Respecto a los gastos en capacitación, se considerará cumplimentado el requisito de erogación cuando los gastos realizados a tal fin representen como mínimo el 8% de la masa salarial bruta.

Respecto de los beneficios que obtendrán los sujetos que accedan al régimen, destacamos lo siguiente:

  • El bono de crédito fiscal y la deducción especial máxima será de aplicación respecto de todos los empleados en relación de dependencia que tenga el sujeto promocionado y a partir del periodo fiscal de su Inscripción.
  • Asimismo, el bono de crédito fiscal no podrá ser utilizado para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación de dicho régimen.
  • El bono de crédito fiscal se encontrará disponible en el sistema de incentivos fiscales de AFIP.
  • La reducción de alícuota prevista para Impuesto a las Ganancias será de aplicación en la medida que no exista una reducción mayor al 10% del nivel de empleo en relación al promedio de los trabajadores de los últimos 6 meses declarados al momento de la solicitud de la inscripción.El nivel de empleo no se considerará reducido cuando la extinción sea por una de las siguientes causas –siempre que el empleador acredite la recomposición de la plantilla dentro de los 180 días corridos de producida la reducción–:

    – Periodo de Prueba.
    – Mutuo acuerdo o voluntad concurrente de las partes.
    – Vencimiento de plazo cierto.
    – Cumplimiento del objeto o finalización de obra.
    – Renuncia por parte del trabajador.
    – Abandono de trabajo.
    – Despido con causa.
    – Incapacidad absoluta.
    – Inhabilitación.
    – Jubilación ordinaria.
    – Muerte del trabajador.

  • A partir de la inscripción en el Registro, la AFIP deberá otorgarle al sujeto inscripto la constancia de no retención en el Impuesto al Valor Agregado.

A los fines de la inscripción en el presente régimen, el beneficiario deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos para su adhesión correspondiente a los últimos 6 meses inmediatos anteriores a la fecha de la presentación de la respectiva solicitud. Asimismo, el solicitante deberá encontrarse en el curso normal del cumplimiento de sus obligaciones impositivas y previsionales.

Por último, se dispone que el traslado de los beneficios tributarios respecto a otra persona jurídica distinta a la promocionada solamente resultara viable mediante una reorganización societaria, entre ambos sujetos.

El presente Decreto entra en vigencia el día 16/10/2019 y es de aplicación a partir del 17/10/2019.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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