Impuesto al Valor Agregado. Aplicación de alícuota cero.
Se establece que, la alícuota 0% del IVA sobre los productos de la canasta alimentaria –Decreto 567/2019 (Ver nuestro Tax Report N° 140 del mes de agosto de 2019)–, alcanzará a las ventas que se realicen a monotributistas y a Responsables Inscriptos categorizados como “micro empresas” que desarrollen determinadas actividades de venta al por menor que incluyan dichos productos.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia y son de aplicación a partir del 02/09/2019.