Se establece por 60 días la prohibición de efectuar despidos o suspensiones sin justa causa o, por disminución de trabajo y fuerza mayor, con excepción de las suspensiones concertadas por ambas partes.
Cualquier despido que se realice en dicho plazo quedará sin efecto, manteniéndose la relación laboral vigente.
Las disposiciones del presente Decreto tienen vigencia desde el 19/05/2020 y son de aplicación a partir del 30/05/2020.