Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios. Se exime del impuesto a las cuentas corrientes utilizadas por el fondo fiduciario federal de infraestructura y su fideicomiso de asistencia.
Se exime del Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios establecido por la Ley (PL) 25.413, sobre las transacciones financieras realizadas desde cuentas corrientes utilizadas por el fondo fiduciario de apoyo financiero a las entidades financieras y de seguro y las utilizadas por el fondo fiduciario federal de infraestructura regional y su fideicomiso de asistencia.
Las disposiciones del presente decreto entran en vigencia y son de aplicación a partir del 03/04/2017.