Decreto (PE) 1034/2020 – B.O.

Régimen de la Economía del Conocimiento. Reglamentación.

 

Se reglamenta el Régimen de Promoción de Economía del Conocimiento dispuesto por la Ley (PL) 27.506 (Ver nuestro Tax Report N° 138 del mes de junio de 2019).

En ese sentido se dispone que, para solicitar su inscripción, los sujetos deberán acreditar como mínimo un 70% de su facturación total, proveniente de los últimos 12 meses previos a la solicitud, correspondiente a alguna de las actividades promovidas.

Para aquellas personas jurídicas que aún no contasen con la facturación de sus actividades promovidas, la Autoridad de Aplicación tendrá en consideración el carácter estratégico de la firma, la efectiva asignación de personal a las actividades promovidas, el grado de desarrollo de las actividades de Investigación y Desarrollo o demás criterios que considere oportuno.

Adicionalmente, se dispone que para solicitar la inscripción en el Registro deberán acreditar que se encuentran en el curso normal de cumplimiento de sus obligaciones impositivas, laborales, previsionales y gremiales.

En el caso de microempresa que desean inscribirse, cuya antigüedad sea menor a 3 años contados desde el inicio de sus actividades, se establece que deberán efectuar una confección de una declaración jurada en los términos que disponga la Autoridad de Aplicación.

Adicionalmente se establece que será la Autoridad de Aplicación quien determinará los incrementos porcentuales que deberán acreditar los beneficiarios del régimen cada 2 años, contados a partir de su inscripción, a los efectos de mantener su condición de sujeto inscripto en el Registro.

Por otra parte, los sujetos que se encontraban adheridos al Régimen de Promoción de la Industria el Software que se hubieran adherido al presente régimen, gozaran de los beneficios previstos por la presente de manera retroactiva al 01/01/2020.

En lo referente a la nómina de empleados, se establece que a los fines de demostrar su mantenimiento y/o incremento, los beneficiarios estarán obligados a presentar una declaración jurada anual respecto de los empleados afectados a las actividades promovidas.

A su vez, se entenderá que hubo una reducción de personal cuando se evidenciare una disminución en relación a la cantidad de empleados declarados al momento de la inscripción, o al mes siguiente de la sanción de la Ley para el caso de empresas que fueran beneficiarias del Régimen de Promoción de la Industria del Software.

En el supuesto caso de que hubiera una disminución en la planilla de personal, se dispone que el beneficiario dispondrá de 60 días corridos, desde que se produjo la baja, para dar cumplimiento a la recomposición de la nómina a los efectos de no considerar una reducción de personal.

En lo referente al bono de crédito fiscal, se establece que será un valor fijo y uniforme de hasta el 70% de las contribuciones que hayan sido efectivamente abonados, en relación a los empleados debidamente registrados en las actividades promovidas.

Por otra parte, a los efectos de acceder el bono de crédito fiscal incrementado, la Autoridad de Aplicación establecerá la documentación que se requerirá para validar el efectivo cumplimiento dispuesto por el presente régimen.

En lo referente al Impuesto al Valor Agregado, se establece que la AFIP deberá otorgar una constancia de no retención para aquellos beneficiarios que hubieran realizado al menos 1 exportación durante los últimos 3 meses previos a la solicitud de inscripción.

En relación al Impuesto a las Ganancias, se establece que la determinación final del importe sujeto al beneficio dispuesto por el presente régimen será aquel que surja de las declaraciones juradas que presenten las empresas inscriptas.

Por otro lado, en relación al Fondo Fiduciario para la promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC), se establece que los beneficiarios del presente régimen deberán aportar el 1,00% para las microempresas, 2,50% para las pequeñas y medianas empresas y 3,50% aplicable a las grandes empresas. El mencionado porcentaje será en función al total de los beneficios percibidos por los sujetos.

Por último, se establece una alícuota del 0% para los derechos de exportación, en relación a las exportaciones de prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización economía sea llevada a cabo en el exterior, realizadas por aquellas personas inscriptas en el presente Régimen.

Las disposiciones del presente Decreto entran en vigencia y son de aplicación a partir del 22/12/2020.

 

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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