Plan de facilidades de pago permanente. Impuesto de Sellos. Cantidad de cuotas y montos mínimos.
Por medio de la presente Resolución se determina la cantidad de cuotas y los montos mínimos de las mismas que podrá otorgarse para los contribuyentes que opten por regularizar sus deudas correspondientes al Impuesto de Sellos a través del plan de facilidades de pago permanente establecido a través del Decreto 1356/2010.
El respecto, para las deudas entre $ 150.000 y $ 300.000, podrá adherirse a un plan de facilidades de hasta 6 cuotas; mientras que para deudas superiores a $ 300.000, la cantidad de cuotas se incrementa a 12. En ambos casos, el porcentaje a ingresar en la primera cuota es del 10% del monto de la obligación.
Las disposiciones del presente Decreto tienen vigencia a partir del 07 de Septiembre de 2012.