Régimen excepcional de facilidades de pago de tributos vencidos al 30/06/2015. Reglamentación. Adecuación.
Se extiende hasta el 31/03/2016 el plazo para que los contribuyentes puedan acceder al régimen excepcional de facilidades de pago previsto por el Decreto (P.E.) 840/2015 (ver nuestro Tax Report N° 100 de Agosto del 2015), exclusivamente para aquellas deudas provenientes de procesos de verificación y/o fiscalización por parte de la Dirección de Policía Fiscal.
A su vez, se podrán acoger al presente régimen aquellas multas impuestas por la Dirección aún cuando la aplicación de las mismas haya sido efectuada con posterioridad al 30/06/2015.
Por último, se deja sin efecto el Anexo VIII del mencionado Decreto el cual se establecía las condiciones del plan de pagos.
La presente norma tiene vigencia y es de aplicación a partir del 31/12/2015.