Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Agentes de recaudación. Disposición de oficio.
Se establece que la Dirección General de Rentas -DGR- podrá disponer de oficio, la inscripción o cese de actividades como agentes de recaudación de un contribuyente, para lo cual deberán notificarlos a través del domicilio fiscal electrónico.
La disposición de la presente resolución entra en vigencia el día 04/06/2020 y es de aplicación a partir del 01/06/2020.