Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Percepción. Régimen General. Exclusión de sujetos. Requisitos.
A fin de cumplir con lo establecido en la previamente mencionada Resolución (SIP) 18/2015, el contribuyente deberá presentar al agente de percepción, copia de la constancia de inscripción como contribuyente local en otra jurisdicción o, copia del formulario “CM 05” presentado, en función de lo que corresponda.
La presente norma tiene vigencia desde el 21/07/2015 y es de aplicación a partir del 22/07/2015.