Régimen excepcional de facilidades de pago de tributos vencidos al 30/06/2015, cualquiera sea la instancia de cobro en que se encuentren. Extensión del plazo.
Mediante la presente resolución, se extiende hasta el 30/11/2015 el plazo del régimen excepcional de facilidades de pago para la cancelación de tributos, sus actualizaciones, recargos resarcitorios, intereses por mora, multas y/u otros recursos adeudados, vencidos al día 30/06/2015, cualquiera sea la instancia de cobro en que la se encuentren.
La presente resolución tiene vigencia a partir del día 3/11/2015.