Ley impositiva 2014.
Se dispone las alícuotas de los tributos provinciales y valuaciones fiscales para el ejercicio 2014. Las mismas en general, no presentan variaciones respecto del periodo 2013.
Cabe mencionar que se eleva el tope de ingresos obtenidos en el ejercicio anterior, para acceder a la bonificación de la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos (ISIB), se incrementa a $ 2.340.000.
Adicionalmente, se incrementa a $8.750.000 el monto de ingresos para la aplicación de las alícuotas diferenciales, del ISIB, para aquellos contribuyentes que no desarrollen su actividad industrial en establecimientos radicados en la provincia.
Se incrementa a 1,5% la alícuota del impuesto de sellos aplicables para contratos relacionados con Inmuebles.
Asimismo, se establece la alícuota de 0%, en el impuesto de sellos, para la inscripción de automotores 0km, adquiridos en concesionarias inscriptas como contribuyentes en la jurisdicción de Córdoba, de no ser así dicha alícuota será del 1,8%
La presente ley entra en vigencia el 20/12/2013 y es de aplicación a partir del 01/01/2014.