Impuesto de Sellos. Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Establecimiento y/o radicación de parques industriales. Exenciones.
Se establece que estarán exentos del pago del Impuesto de Sellos a todos los actos, contratos y/o instrumentos que se celebren con motivo de la ejecución de las obras de infraestructura necesarias para el establecimiento de parques industriales en la Provincia de Córdoba.
Al respecto se determina que, el beneficio se extiende a los actos y/o instrumentos vinculados con la trasmisión de dominio y/o cesión de inmueble donde se asentará el parque industrial y de corresponder, la constitución de derechos reales sobre el mismo por los sujetos que desarrollen los parques.
Por último, se exime del pago del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos a los ingresos provenientes del fraccionamiento y venta de inmuebles que tenga por destino el establecimiento de parques industriales en la provincia.
Las disposiciones del presente decreto tienen vigencia desde el 16/12/2016 y son de aplicación a partir del 19/12/2016.