Nuevos sujetos obligados a utilizar el SIRCAR a partir de las operaciones realizadas desde el 01/08/2016.
Se establece una nómina de agentes de recaudación que se encuentran obligados a utilizar el SIRCAR a partir de las operaciones realizadas desde el 01/08/2016.
Dichos agentes deberán realizar la presentación de las declaraciones juradas determinativas y pago en sede única de las retenciones y percepciones practicadas a partir de las operaciones realizadas desde la fecha mencionada anteriormente.
Asimismo, cabe mencionar que los sujetos que hayan sido incorporados en la nómina deberán cumplir con lo normado sin previa notificación por parte de la Comisión Arbitral.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 24/06/2016 y son de aplicación para las operaciones que realicen los contribuyentes que se incorporan a partir del 01/08/2016.