Mediante la resolución 2/2012 la Comisión arbitral prorroga las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el SIRCAR correspondientes al mes de marzo de 2012.
Se prorrogan al 12/04/2012 para los agentes de recaudación cuya terminación de C.U.I.T. sea 0-1-2-3-4, y al 13/04/2012 para los agentes de recaudación cuya terminación de C.U.I.T. sea 5-6-7-8-9.