Impuesto a la generación de residuos áridos y afines no reutilizables. Padrón de generadores especiales de residuos sólidos urbanos. Creación.
Se crea el padrón de generadores especiales de residuos sólidos urbanos húmedos no reciclables al cual deberán inscribirse todas aquellas empresas y personas físicas o jurídicas e instituciones que sean generadoras de más de 1.000 litros promedio de residuos en todos y cada uno de los lugares físicos donde se generan.
Para poder inscribirse en el padrón, los sujetos citados en el párrafo anterior deben cumplir los siguientes requisitos:
- Presentación de Estatuto Societario, en caso de corresponder.
- Acreditación de la persona encargada del trámite como representante de la empresa o institución.
- Acreditación del último pago de ingresos brutos de la actividad desarrollada por la persona física o jurídica.
- Comprobante de inscripción de monotributo en caso de corresponder.
- Acreditación de últimos tres pagos de monotributo en caso de corresponder.
- Asentar en el libro de actas el domicilio de empresa o institución.