Procedimiento Tributario. Plan de facilidades de pago. Impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, contribuciones de publicidad, de alumbrado, barrido y limpieza, territorial y de pavimentos y aceras, Ley 23.514, patentes sobre vehículos en general y de las embarcaciones deportivas o de recreación, tasas, derechos, servicios y servicios especiales y sus intereses. Se dejan sin efecto las Res. M.H. 1.489/09 y 1.674/09.
Mediante la presente, se dejan sin efecto las R. (MHGC) Nº 1489/09 y Nº 1674/09, mediante las cuales se estableciera que los contribuyentes que tuvieran deudas con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concepto de los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, contribuciones de publicidad, de alumbrado, barrido y limpieza, territorial y de pavimentos y aceras, Ley 23.514, patentes sobre vehículos en general y de las embarcaciones deportivas o de recreación, tasas, derechos, servicios y servicios especiales y sus intereses, podrán optar por un plan de facilidades, de acuerdo con las alternativas y modalidades especiales establecidas (Planes de hasta 120 cuotas).
Las actuaciones administrativas por solicitudes de planes especiales de facilidades de pago, iniciadas con anterioridad al dictado de la presente continuarán rigiéndose bajo las condiciones normadas en las resoluciones mencionadas.