Sellos. Ingreso de información y liquidación del impuesto. Actos e instrumentos celebrados sin la intervención de un agente de recaudación
Para el ingreso de la información y la liquidación del impuesto de sellos correspondiente a los actos e instrumentos que se hubieran celebrado sin la intervención de un agente de recaudación, los responsables deberán utilizar el programa aplicativo que se encuentra disponible a tal efecto en la página Web www.agip.gob.ar., mediante el uso de la “Clave Ciudad”.
El impuesto determinado se debe ingresar dentro de los 15 días corridos de la celebración del acto o contrato que dio origen al mismo en las entidades autorizadas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
Por su parte, la presente resolución deja sin efecto la resolución (DGR) 2884/2007.