Impuesto sobre los ingresos brutos. Riesgo Fiscal. Perfil de alto riesgo. Incorporación.
Se incorporan como contribuyentes de alto riesgo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que pertenezcan al S.I.C.O.M. (Sistema de Recaudación y control de Grandes Contribuyentes -Convenio Multilateral-) y omitan consignar la citada pertenencia al momento de confeccionar sus declaraciones juradas mediante el aplicativo S.I.F.E.R.E.
Cabe recordar que el nivel de riesgo fiscal, será tenido en cuenta por la D.G.R. a los efectos de determinar las acciones que se adoptarán, tendientes a mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
A su vez, los contribuyentes y/o responsables que hubieran sido encuadradas dentro del nivel de Alto Riesgo Fiscal serán incorporados al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (S.I.R.C.R.E.B.) con la alícuota más alta vigente.
La presente Resolución regirá a partir de su publicación.