Impuesto sobre los Ingresos brutos. Agentes de recaudación. Obligación de presentar la declaración jurada mediante transferencia electrónica de datos.
Se establece que la totalidad de los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, nominados por la R. (SHyF) 430/2001, deberá presentar su declaración jurada mediante transferencia electrónica de datos, utilizando para ello la clave fiscal de la Administración Federal de Ingresos Públicos, ingresando a la página Web www.afip.gob.ar.
La presente resolución entró en vigencia el día de su publicación.