Ingresos Brutos. Regímenes de retención, percepción y recaudación. Ordenamiento normativo.
Por medio de la presente se unifica y ordena la normativa vigente referida a los regímenes generales de agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos para aquellos sujetos que desarrollan actividades en CABA.
Para los agentes de retención y percepción la alícuota general sigue siendo 1,5% y 2% respectivamente, pero la alícuota varía cuando se trate de actividades especiales.
La presente resolución resulta aplicable a partir del 01/01/2012. Consecuentemente, aquellos agentes de recaudación que estén instituidos por normas anteriores a la presente y que no figuren en la presente norma, pierden su calidad de tal y dejan de actuar como tales a partir de que entre en vigencia la presente resolución.