Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Alícuota general. R. (MH Bs. As. Cdad.) 816/2007. Modificación.
Por medio de la presente se incrementa la alícuota general aplicable al sistema de recaudación y control de acreditaciones bancarias “SIRCREB” a 1,80%.
Lo estipulado anteriormente resulta aplicable para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan bajo el Régimen General de Convenio Multilateral y siempre y cuando no tengan prevista una alícuota específica.
La presente resolución resulta vigente desde el 1 de septiembre de 2011.