Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Riesgo Fiscal. Incorporación de nuevos parámetros.
Se establece el ordenamiento normativo referido al riesgo fiscal para contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Adicionalmente, se efectúan ciertas modificaciones entre las que podemos mencionar la incorporación de los siguientes parámetros para determinar la inclusión de un contribuyente dentro de la categoría de riesgo fiscal:
- Agentes de recaudación que tengan iniciados juicios en su contra, en virtud de declaraciones juradas presentadas en su carácter de agentes de recaudación sin efectuar el pago respectivo y/o por incurrir en la situación de retardo y/o por deudas transferidas provenientes de la aplicación de multas por defraudación.
- Contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que, teniendo la obligación de emitir comprobantes con controlador fiscal, no lo realicen.
Las disposiciones establecidas en la presente resolución tienen vigencia a partir del 9 de Diciembre del 2013, siendo de aplicación desde el 1 de Enero del 2014.