Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Regímenes de Retención y/o Percepción. Ordenamiento normativo. Modificaciones.
Se deja sin efecto la Resolución General (AGIP) 939/2013 -Régimen General de retención y percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos (Ver nuestro Tax Report N° 80 del mes de diciembre de 2013)- y, en consecuencia, se realiza un nuevo compendio normativo del régimen general y particular de retención y percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de CABA.
Entre las modificaciones, se destacan las siguientes:
- Se incrementa de $ 60.000.000 a $ 120.000.000 el monto de ingresos de año calendario anterior a partir del cual los contribuyentes locales y de Convenio Multilateral con sede o alta en la jurisdicción deban actuar como agente de recaudación.
Dicha obligación resultará de aplicación para los contribuyentes locales, en tanto y en cuanto el impuesto determinado del periodo anterior resulte superior a los $ 12.000.000, y para los contribuyentes de convenio, en la medida que tengan un coeficiente superior a 0,2000 o el impuesto determinado por algún régimen especial o como consecuencia de una iniciación o cese de actividades en la jurisdicción para ese mismo periodo fuese superior a los $ 12.000.000.
- Se incrementa de $ 300 a $ 3.000 el monto mínimo sujeto al régimen general de retención y de $ 300 a $ 500 el monto mínimo sujeto al régimen general de percepción.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia desde el 20/11/2019 y son de aplicación a partir del 01/01/2020.