Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Matriz de perfiles de riesgo fiscal. Modificaciones.
Se realizan modificaciones en la matriz de perfiles de riesgo fiscal -Resolución (AGIP) 52/2018- mediante la cual se categorizará a los contribuyentes y/o responsables del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos con el fin de establecer alícuotas agravadas en los regímenes de retención, percepción y/o recaudación (Ver nuestro Tax Report N° 127 del mes de marzo de 2018).
En este sentido, la evaluación y conformación del padrón de los perfiles pasará de realizarse de forma trimestral a mensual, pudiendo ser consultada por los contribuyentes y/o responsables a través del aplicativo disponible en la página de la AFIP, a partir de día 25 del mes anterior a su vigencia.
Por otra parte, respecto a trámite de disconformidad de la categoría otorgada, si bien el reclamo se seguirá realizando vía web, el contribuyente podrá regularizar su situación, de forma parcial o total, antes del día 10 de cada mes para que el organismo evalúe, de oficio y en forma automática, el encuadramiento de la categoría e incorpore el resultado en el padrón del mes inmediato siguiente.
En caso de regularizar la situación con posterioridad al día 10 del mes de vigencia de la categoría, el resultado de la evaluación de oficio recién se registrará en el padrón del mes subsiguiente.
Por último, se elimina la limitación de poder realizar un solo reclamo de disconformidad de categorización por trimestre.
Las disposiciones de la presente Resolución entran en vigencia desde el 01/07/2020 y son de aplicación a partir del 01/08/2020.