Procedimientos. Sistema de Administración de Documentos Electrónicos. Habilitación.
Se habilita, en la modalidad de Tramites a Distancia (TAD), el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), para aquellos trámites correspondientes al desarrollo de los procedimientos vinculados con las fiscalizaciones, determinaciones de oficio correspondiente al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y/o Impuesto de Sellos, acciones de repetición y/o compensación de tributos y la aplicación de sanciones por infracciones materiales y/o formales.
Al respecto, los contribuyentes podrán efectuar presentaciones, solicitar vista de actuaciones, contestar requerimientos, solicitar aclaraciones y demás comunicaciones, como también adjuntar instrumentos digitalizados.
Asimismo, toda notificación relacionada con los tramites mencionados precedentemente se efectuarán por medio de comunicaciones informativas en el Domicilio Fiscal Electrónico en el domicilio declarado en TAD.
Cuando se trate de solicitud de vista de actuaciones, el sistema remitirá al contribuyente al expediente digital en cuestión. Cuando los expedientes electrónicos excedan las capacidades del sistema o se trate de actuaciones en soporte papel, el sistema otorgará un turno para presentarse físicamente, el mismo será notificado en el domicilio fiscal electrónico.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia el 26/06/2020 y son de aplicación a partir del 05/07/2020.