Sellos. Compraventa de vehículos automotores 0 Km.
Las operaciones de compraventa de vehículos automotores 0 Km que se realicen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran alcanzadas por el Impuesto de Sellos, aun cuando la inscripción inicial se realice en otra jurisdicción.
En el caso en que la inscripción inicial se realice fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se deberá ingresar el Impuesto de Sellos en un lapso no superior a 15 días corridos contados desde la fecha de la factura o cualquier documento equivalente.
La Norma posee vigencia desde el 17/03/2014 y será de aplicación desde el 25/03/2014.