Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de percepción. Entidades financieras. Prórroga. Operaciones excluidas.
Por medio de la presente norma, se establece que quedan excluidos del régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Resolución -AGIP Bs. As. Cdad.- 155/2010) los siguientes conceptos:
- Operaciones y retribuciones correspondientes al sistema de tarjetas de crédito, débito, compra y similares.
- Intereses y/o comisiones provenientes de operaciones exentas.
- Operaciones realizadas entre entidades financieras.
- Intereses y/o comisiones provenientes de las operaciones de fondos comunes de inversión y derivados.
Finalmente, cabe aclarar que la entrada en vigencia de dicho régimen se prorroga al 01/12/2010 para los bancos y demás instituciones financieras.