Impuesto de Sellos. Valor inmobiliario de referencia informado. Vigencia de la constancia.
Por medio de la presente Resolución, se establece una vigencia de 10 días hábiles para la Constancia del Valor Inmobiliario de Referencia (VIR) emitida para cada partida inmobiliaria.
El plazo de 10 días hábiles será contado a partir de la fecha de emisión de la mencionada constancia.
Cabe destacar que el VIR debe consultarse para la liquidación del Impuesto de Sellos en Ciudad de Buenos Aires.