Ingresos brutos. Régimen simplificado. Inscripción.
A través de la presente Resolución, y como consecuencia de problemas técnicos en los sistemas informáticos ajenos a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, se establece que en forma alternativa la inscripción en el régimen simplificado de ingresos brutos deberá efectuarse ante la Dirección General de Rentas, los Centros de Gestión y Participación Comunal, Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas.
La inscripción se generará en el Régimen General, Categoría Contribuyentes Locales mediante el formulario aprobado y se deberá acompañar original y copia del Documento Nacional de Identidad y de la Constancia de Opción en el Monotributo.
La presente operatoria tendrá vigencia desde el 21 de abril de 2009.