Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ley (Poder Legislativo) 3.393 – B.O.

Código Fiscal. Modificación.

 

Mediante la presente Ley se modifica el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dicha modificación será de aplicación desde el 1 de enero de 2010.

Destacamos a continuación los principales cambios:

Procedimiento:

  • Se faculta a la AGIP a implementar nuevos regímenes de pagos a cuenta de los tributos.
  • Se aclara que la “Responsabilidad de Solidaridad” que establece el artículo 13 del Código Fiscal, rige también para las UTE’s, Agrupaciones de Colaboración Empresaria y cualquier otra forma asociativa que no tenga personería.
  • Se establece que para las obligaciones de carácter instantáneo y para los tributos de base patrimonial, la prescripción no correrá mientras que los hechos imponibles no hayan podido ser conocidos por la AGIP, por algún acto o hecho que los exteriorice en la Ciudad.

Sin embargo, el impuesto no resultará exigible cuando al momento de la exteriorización hayan transcurrido más de 10 años a partir del 1 de enero del año posterior a la realización de los hechos imponibles.

  • Los agentes de información que no cumplan con los deberes formales establecidos por el Código Fiscal y normas de la AGIP, serán reprimidos con multas cuyos topes máximos y mínimos serán fijados por la Ley Tarifaria.

 

Ingresos Brutos:

  • Se agregan como exenciones de este impuesto, los siguientes ingresos:
      • Por la exportación de servicios que se efectivicen en el exterior.
      • Por la compra-venta de vehículos usados comprendidos en los incisos a) y b) del artículo 27 de la Ley Tarifaria.
      • Los correspondientes al transporte aéreo internacional de pasajeros, siempre que exista con el país de origen de la compañía aérea convenios de reciprocidad en materia tributaria.
  • Se consideran presunciones de ingresos gravados, además de aquellos casos de determinación sobre base presunta existentes en el Código Fiscal, los siguientes:
      • Omisión de contabilizar, registrar ó declarar ventas o ingresos, compras y/o gastos.
      • El importe de las remuneraciones abonadas al personal en relación de dependencia no declarado, así como las diferencias salariales no declaradas.

 

Impuesto de Sellos:

  • Se considera defraudación fiscal, además de los tipificados en el Código Fiscal:
      • Omisión de fecha ó lugar en los instrumentos de los actos, contratos y operaciones gravados con este impuesto.
      • Adulteración, enmienda o sobrerraspado de la fecha o lugar del otorgamiento en los mismos instrumentos, siempre que no existan salvedades a dichas circunstancias.
  • Se faculta a la AGIP a establecer un valor inmobiliario de referencia para cada inmueble situado en CABA que reflejará el valor económico por metro cuadrado de dicho inmueble en el mercado comercial.
  • Se gravan los instrumentos o actos relativos a la transferencia de dominio de vehículos usados.
  • Se agregan como exenciones:
      • Reaseguros de los contratos de seguros de vida.
      • Instrumentos financieros que avalen, garanticen y/o cubran obligaciones.
      • Pagarés emitidos para garantizar actos, contratos y/o instrumentos que hubiera tributado el impuesto correspondiente o se encontrares exentos.
      • Contrataciones de personal encuadradas en las pasantías educativas.
      • Contratos de mutuo con garantía hipotecaria cuando el inmueble objeto de la hipoteca se encuentre en extraña jurisdicción.
      • Contratos, actos y operaciones realizadas por personas físicas en ejercicio de actividades culturales y/o artísticas.
      • Los que realicen las empresas de transporte aéreo internacional de pasajeros, siempre que exista con el país de origen de la compañía aérea convenios de reciprocidad en materia tributaria.

 

Otros Gravámenes – Gravámenes Ambientales:

Por otro lado, destacamos que se establecen nuevos gravámenes en el ámbito de la CABA.:

  1. “Gravamen a la generación de residuos sólidos urbanos húmedos no reciclables”:

En función a la cantidad de estos residuos generados, se establecen categorías de contribuyentes, las cuales irán del 1 al 5. El canon a abonar será de entre $3.000 y $120.000, según cada categoría; y serán sujetos pasivos de este impuesto los generadores de más de 1.000 litros diarios promedio de residuos en todos y cada uno de los lugares físicos donde se generen tales residuos.

  1. “Gravamen a la generación de residuos áridos y afines:

El mismo será de $20 por metro cuadrado; y serán sujetos pasivos de este impuesto los generadores de residuos áridos, resto de obras, escombros, tierra y afines.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

Toda la información
sobre novedades impositivas.

Próximamente la base más completa
de información tributaria.