Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Convenio Multilateral. Régimen de Recaudación Sobre Acreditaciones Bancarias. Sustitución. Exclusiones. Régimen de Información.
Se unifica el Régimen de Recaudación Sobre Acreditaciones Bancarias del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral.
Asimismo, se establecen exclusiones a los mismos, las cuales deberán renovarse semestralmente e informarse trimestralmente y con carácter de declaración jurada.
En relación a ello, destacamos las siguientes exclusiones:
- Las transferencias de fondos producto de la venta de bienes registrables, cuando el ordenante declare bajo juramento que el vendedor no es habitualista y se trata de una persona humana.
- Las transferencias de fondos provenientes del exterior.
- Las transferencias de fondos producto de la suscripción de obligaciones negociables, a cuentas de personas jurídicas.
- Las transferencias de fondos como producto del aporte de capital, a cuentas de personas jurídicas.
- Las transferencias de fondos como producto de reintegros de obras sociales y empresas de medicina prepaga.
- Las transferencias de fondos como producto de pagos de siniestros, ordenadas por las compañías de seguros.
- Restitución de fondos previamente embargados y debitados de las cuentas bancarias.
Las disposiciones de la presente resolución entran en vigencia y son de aplicación a partir del 01/10/2018