Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Ley Impositiva 2018. Diferencias en declaraciones juradas.
Se establece que se considerarán canceladas en tiempo y forma las diferencias originadas a raíz de la entrada en vigencia de la Ley (PL) XXIV-82 -Ley Impositiva 2018- en las declaraciones juradas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de los anticipos de enero a mayo de 2018, si las mismas son canceladas hasta el 21/08/2018.
Cabe destacar que lo mencionado será aplicable únicamente a aquellos contribuyentes que hubiesen presentado y cancelado íntegramente las declaraciones juradas originales.
La presente resolución entra en vigencia el 18/07/2018 y es de aplicación a partir del 19/07/2018.