Ley Impositiva 2018. Alícuotas.
Se establecen las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos aplicables al Periodo Fiscal 2018.
Entre las modificaciones que se introducen, destacamos que se elimina el requisito de territorialidad por el cual se establecían alícuotas diferenciales para las industrias y comercios radicados en esta provincia.
En este sentido, se establecen las siguientes alícuotas:
- Industria manufacturera 2%
- Construcción 3%
- Comercio al por mayor y por menor, se establecen diferentes alícuotas en función de los ingresos obtenidos por el Contribuyente durante el Periodo Fiscal anterior, de acuerdo a los siguientes parámetros:
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- Ingresos hasta $75.000.000, alícuota 3%
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- Ingresos hasta $900.000.000, alícuota 4%
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- Ingresos superiores a $ 900.000.000, alícuota 5%
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Cabe destacar que en el caso que estas operaciones se ejerzan percibiendo comisiones, la alícuota será del 7.5%.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia el 04/07/2018 y son de aplicación a partir del 01/01/2018.