Procedimiento. Obligaciones Fiscales. Medios de pago habilitados.
Se establece los medios de pagos habilitados para el pago de las diferentes obligaciones tributarias provinciales.
El ingreso del importe de las obligaciones tributarias se considerará efectuado en término, cuando la operación practicada mediante la transferencia electrónica de fondos haya sido realizada hasta las 24 horas del día en que opere su respectivo vencimiento.
El sistema de pagos electrónicos será de carácter optativo para los contribuyentes de la Administración Tributaria Provincial.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia y son de aplicación a partir del 11 de Octubre de 2013.