Procedimiento. Contribuyentes de tributos provinciales. Constancia de Inscripción. Exhibición Obligatoria de Formulario AT 3129.
Se determina que los contribuyentes y/o responsables de los tributos provinciales deberán obligatoriamente exteriorizar su condición respecto a los tributos, mediante la constancia de inscripción – Formulario AT 3129, el cual será debidamente validado por un código QR (Código de Respuesta Rápido).
Dicha constancia se obtendrá vía internet, a través de la página web de la Administración Tributaria Provincial (www.chaco.gov.ar/atp), ingresando en la opción Servicios en Línea – Constancia de Inscripción, consignando para ello la CUIT.
La falta de exhibición de dicho formulario se configurará como una infracción de los deberes formales, siendo pasible de sanciones y multas.
Las disposiciones establecidas en la presente resolución tienen vigencia desde el 5 de Septiembre del 2014, y son de aplicación desde el 3 de Septiembre del 2014. Por otro lado, los contribuyentes que realicen operaciones con consumidores finales deberán exhibir el formulario en los locales de venta, siendo esta disposición de aplicación partir del 1 de Octubre del 2014.