Procedimiento. Implementación de un sistema de verificación electrónica. Lineamientos, condiciones y exigencias del mismo.
Se implementa el sistema de Verificación Electrónica (“V.E.”), que establece un procedimiento de control de cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y/o responsables de los tributos de competencia de la Administración Tributaria Provincial.
El sistema generará la V.E. a responder por el contribuyente, otorgando un número que permitirá la identificación del procedimiento iniciado.
El plazo para que el contribuyente dé cumplimiento al requerimiento que da inicio a la verificación será de 15 días corridos contados a partir del día siguiente a la notificación. Podrá ser prorrogado por única vez y por igual término, automáticamente, una vez vencido el plazo originario solo si fuere solicitado por el contribuyente y/o responsable.
Cumplido con el requerimiento el sistema emitirá un acuse de recibo que acreditará su cumplimiento.
En caso de incumplimiento al requerimiento, al contribuyente se le inhabilitará la clave fiscal, la que podrá ser restablecida por agentes autorizados y en la medida que acrediten la notificación de la V.E. y se lo categorizará como contribuyente de riesgo. También será pasible de las sanciones por infracciones a los deberes formales.