Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de percepción. Sujetos no inscriptos en la provincia. Alícuota aplicable.
Mediante la presente resolución se establece una alícuota del 4,5% aplicable al régimen de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos para la venta o prestación de servicios a sujetos que no acrediten la calidad de inscriptos en la Administración Tributaria Provincial.
Las disposiciones de la presente norma son de aplicación desde el 01/12/2012.