Impuestos sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Recaudación de Acreditaciones Bancarias. Alícuotas diferenciales.
Por medio de la presente norma se establecen alícuotas diferenciales aplicables al régimen de recaudaciones del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias para quienes revistan la calidad de contribuyentes directos en la provincia.
Las disposiciones de la presente norma tendrán vigencia a partir del 15 de Octubre de 2012 y serán de aplicación a partir del 01 de Noviembre de 2012