Impuesto sobre los Ingresos brutos. Regímenes de recaudación. Texto ordenado. Modificación.
Por medio de la presente Resolución, se aprueba un nuevo texto ordenado del Régimen General de Percepción y Retención del impuesto sobre los ingresos brutos, incluyéndose determinadas modificaciones del Régimen General.
Entre los puntos más importantes, destacamos los siguientes:
– Se establecen modificaciones a los montos de percepción por parte de los agentes de percepción en el caso de la venta y/o faena de carne bovina.
– Se incluye a la compra de productos agropecuarios como actividad pasible de percepción.
– Con respecto al régimen especial de percepción para las operaciones de importación definitiva, se disminuye la alícuota a aplicar de un 1,5% a un 1%.
– Se establece en 3% la alícuota que deben aplicar como agentes de retención las personas jurídicas de carácter público, las personas físicas, representantes de sucesiones indivisas o entidades de carácter privado, los integrantes del sector minero que abonen sumas de dinero, y los comisionistas y similares cuya facturación la realicen por cuenta y orden del comitente.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia y son de aplicación desde el 2/10/2012.