Plan de Facilidades de Pago. Régimen especial de regularización de deudas provinciales vencidas al 30/06/2016. Reglamentación.
Se reglamentan las condiciones, requisitos y demás formalidades a cumplimentar a los efectos de acogerse al Régimen especial de regularización para las obligaciones tributarias provinciales devengadas, no prescriptas y adeudas al 30/06/2016, establecido por la Ley (PL) 5486.
En primer lugar, cabe mencionar que a través de este régimen especial se podrán regularizar las siguientes obligaciones:
- Impuesto Sobre los Ingresos Brutos: hasta el quinto anticipo o mes, según corresponda, del período fiscal 2016, inclusive.
- Impuesto Inmobiliario: hasta la segunda cuota del período fiscal 2016, inclusive.
- Impuesto a los Automotores: hasta la segunda cuota del período fiscal 2016, inclusive.
- Impuesto de Sellos: sobre actos, contratos y operaciones instrumentadas hasta el 30/06/2016, inclusive.
En cuanto a la adhesión al citado régimen, la misma podrá formalizarse hasta el 27/01/2017 y, a tal fin, los contribuyentes deberán completar el formulario “Solicitud de Adhesión Formulario 5571” en el sitio web de rentas mediante el uso de la clave fiscal IIBB, especificando las deudas a regularizar.
Asimismo, se establece como condición necesaria para gozar del beneficio de reducción de los intereses, recargos, multas, costas y honorarios establecido en el artículo 9 de la Ley (PL) 5486, que el contribuyente haya presentado previamente las declaraciones juradas correspondientes a los períodos que se pretende regularizar.
Con respecto a los beneficios que otorga el citado régimen referidos a las multas por omisión, defraudación y recargos especiales, el mismo será procedente siempre que el contribuyente dé cumplimiento al pago de la obligación principal o incorpore la deuda respectiva en un plan de facilidades de pago.
Por último, es importante destacar que aquellos contribuyentes a los que se les haya producido la caducidad de los beneficios durante la vigencia del régimen, no podrán acogerse nuevamente y solicitar los beneficios.
Las disposiciones de la presente resolución son de aplicación a partir del 27/10/2016 y hasta el 27/01/2017.