Ley Impositiva. Modificaciones. Código Fiscal. Modificaciones.
Se realizan modificaciones al código fiscal y a la ley impositiva existentes.
Entre los cambios a la Ley Impositiva, resaltamos:
- Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
- La alícuota para la actividad de Construcción se incrementa del 2,5% al 3%, excepto la construcción de viviendas que se mantiene en 2,5%.
- Cabe mencionar que se mantiene vigente el incremento del 30% de las alícuotas para aquellos sujetos cuyos ingresos mensuales sean mayores a $5.000.000, dispuesto por la Ley 5.083.
- Impuesto de Sellos.
- Se incorpora como contrato particular a los “Actos que tengan por objeto la transmisión de propiedad de automotores 0 km, en general” los cuales quedarán gravados al 2%.
Por otro lado, respecto de las modificaciones al Código Fiscal destacamos:
- Las multas por defraudación se graduarán entre el 110% y el 500% del tributo defraudado.
- Los agentes de retención que hayan omitido el ingreso del impuesto retenido, siempre que ingresen las sumas dentro de los 30 días posteriores al vencimiento de la obligación, serán pasibles de una multa graduable del 15% al 100%. Excedido ese plazo, la sanción será del 101% al 200%.
- Se modifican los conceptos a considerar dentro de la base imponible, a los fines del cálculo del impuesto sobre los ingresos brutos, para las actividades de seguro y reaseguro, capitalización y ahorro, explotación de circuitos de ahorro cerrado, administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones.
- Se actualizan las exenciones en el impuesto de sellos:
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- Se elimina la exención de los actos jurídicos relacionados con la prospección, exploración, explotación y beneficio de sustancias minerales.
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- Se elimina la exención de todos los actos y contratos vinculados con tarjetas de crédito o de compras.
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- Estará exento el 50% de los actos, contratos y operaciones que tengan por objeto la transmisión de la propiedad de automotores 0 km en general, celebrados por concesionarios o terminales automotrices inscriptas como contribuyentes en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos den la Provincia de Catamarca, sean locales o de Convenio Multilateral con jurisdicción sede en la Provincia.
La norma tiene vigencia desde el 14/01/2014 y es de aplicación desde el 01/01/2014.