Impuesto sobre los Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Alícuota máxima. Modificación.
A través de la citada resolución, se incrementa la alícuota máxima aplicable del régimen general de retención del impuesto sobre los ingresos brutos al 4%, mientras que la alícuota máxima correspondiente al régimen general de percepción del impuesto será del 8%.
Asimismo, las alícuotas máximas mencionadas se les aplicarán a los sujetos pasibles de retención y/o percepción que no se encuentren categorizados dentro del padrón de contribuyentes emitido por ARBA.
Las disposiciones de la presente tendrán aplicación a partir del 01/06/2013.