Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen general de retención y percepción. Cálculo de alícuotas.
A través de la citada resolución, se establece el procedimiento mediante el cual ARBA realizará el cálculo de las alícuotas aplicables en relación a los regímenes generales de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
A fin de efectuar dicho cálculo, ARBA tomará en consideración la actividad de mayores ingresos desarrollada por el sujeto alcanzado por la percepción o retención. Cuando no exista información registrada en la Agencia para determinar la actividad de mayores ingresos, se considerará la actividad principal declarada por el contribuyente.
No obstante lo mencionado anteriormente, ARBA podrá fijar alícuotas de recaudación especiales, diferentes de las que pudieran resultar de los mecanismos y procedimientos de cálculo explicados en el cuerpo de la norma, cuando la real situación fiscal de algún contribuyente o grupo de contribuyentes no pueda ser conocida en función de la información contenida en las bases de datos de esta Agencia al momento de efectuar el proceso de cálculo que corresponda.
El padrón de contribuyentes del impuesto con las alícuotas aplicables se publicará durante el mes calendario inmediato anterior a aquel que deba regir o comenzar a regir.
Los padrones serán actualizados mensualmente y se pondrán a disposición de los agentes de percepción y de retención en la página web de ARBA (www.arba.gov.ar) con una antelación no menor a 7 días hábiles de su entrada en vigencia, la cual se producirá a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación.
Para poder acceder al padrón vigente, los agentes de percepción y/o de retención deberán ingresar en el sitio web mencionado con su CUIT y CIT correspondientes.
En cuanto a los agentes de percepción, cuando éstos realicen una operación con un sujeto no incluido en el padrón de contribuyentes, deberá percibir el impuesto aplicando una alícuota del 6%.
Las disposiciones descriptas tienen vigencia a partir del 4 de Marzo del 2013, y son de aplicación desde el 1 de Febrero de 2013.