Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Automotores. Inmobiliario. Sellos. Régimen de regularización de deudas.
Se establece, hasta el 30 de abril de 2015, un régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, determinación o discusión administrativa.
Cabe destacar, que podrán regularizarse por medio del presente régimen las deudas de los impuestos mencionados, vencidas o devengadas hasta el 31 de diciembre de 2014.
Para acogerse al presente régimen, los sujetos podrán solicitarlo a través de la página de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, en forma presencial en ARBA o por teléfono.
Respecto a la forma de pago, la misma podrá realizarse al contado o hasta en 48 cuotas mensuales y consecutivas. En cada caso, se establecen bonificaciones e intereses los cuales como máximo pueden llegar ser de una bonificación del 50% y con un interés de hasta 2,5% mensual.
El importe de cada cuota no podrá ser inferior a $ 150 para cuando se trate de deudas del Impuesto Inmobiliario o a los Automotores y a $ 250 para deudas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.
Por otro lado, se establece una modalidad de pago especial de hasta en 96 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación alguna. Cada cuota devengará un interés de financiación del 3,5% mensual sobre saldo, y cada cuota no podrá ser inferior a $ 10.000.
La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación a partir del 09/03/2015.