Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes locales. Procedimiento para la presentación y/o pago de declaraciones juradas. Quinta Etapa.
Mediante la presente, se incluye como sujetos obligados a la presentación web de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los contribuyentes directos que, al 1 de febrero de 2015, se encontraran inscriptos en alguno de los códigos que se detallan en el Art. 1 de la norma, ya sea como actividad principal o secundaria.
En el caso de contribuyentes que con posterioridad al 1 de febrero de 2015, formalicen el alta en el impuesto de algunas de las actividades alcanzadas, deberán utilizar el mecanismo web reglamentado por las resoluciones normativas 41/2013 y 25/2015, para la presentación de declaraciones juradas y pago, a partir del primer día del mes subsiguiente a aquel en el cual se formaliza dicha alta.
La presente norma tiene vigencia y es de aplicación a partir del anticipo correspondiente a Enero de 2015.