Régimen de facilidades de pago. Planes de regularización de deudas caducos hasta el 31/12/2015. Rehabilitación.
Se establece el reingreso a los regímenes para la regularización de deudas, otorgados a partir del 01/01/2000, cuya caducidad opere hasta el 31/12/2015. Cabe destacar que la habilitación es desde el 01/08/2015 y hasta el 31/12/2015.
En ese sentido, los anticipos y/o cuotas vencidos deberán cancelarse con anterioridad al 01/01/2016, aplicándose el interés que corresponda de acuerdo a lo previsto en el Código Fiscal desde su vencimiento original.
En caso del reingreso a regímenes de regularización de deudas prejudiciales que hubiesen caducado, y como consecuencia de ello, se hubiera iniciado el correspondiente juicio de apremio, el contribuyente deberá acreditar previamente el pago de las costas y gastos del juicio.
La presente norma tiene vigencia desde el 21/08/2015 y es de aplicación a partir del 01/08/2015.