Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen especial de Percepción. Operaciones de importación definitiva para consumo. Contribuyentes Locales. Alícuota. Incremento.
Se incrementa a 3% la alícuota de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos aplicables a las operaciones de importación definitiva para consumo, cuando se trate de contribuyentes locales.
Para los contribuyentes comprendidos en Convenio Multilateral, la alícuota continúa siendo del 2,5%.
La vigencia de la presente es desde el 16/05/2013 y su aplicación desde el 01/07/2013.