Buenos Aires. Ley (PL) 15170 – B.O.

Consenso Fiscal. Adhesion. Ley Impositiva 2020. Código Fiscal. Modificaciones.

 

La Provincia de Buenos Aires adhiere al Consenso Fiscal suscripto el día 17/12/2019 entre el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A raíz de esto, se establecen las alícuotas aplicables para todos los tributos, cuya recaudación se encuentra a cargo de la Provincia de Buenos Aires, para el período fiscal 2020 y se efectúan diversas modificaciones al Código Fiscal Provincial.

En principio, y en materia del Impuesto Inmobiliario, se establece un coeficiente de 1,2 para la actualización de las valuaciones fiscales básicas con el fin de modificar los valores unitarios en caso de inmuebles urbanos y rurales con mejoras, y de 1,3 para tierras rurales sin mejoras.

Asimismo, se incrementa de 50 a 100 hectáreas la cantidad máxima a considerar para que los inmuebles destinados principalmente a la explotación tambera estén exentos del impuesto. Adicionalmente, cuando el establecimiento posea hasta 150 hectáreas la exención se aplicará en un 50%.

En lo referido al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, se establece que para aplicar la alícuota reducida del 3,50% para las actividades de comercio mayorista y minorista, el monto máximo de ingresos obtenidos en el periodo fiscal anterior para la aplicación de la misma aumenta de $ 52.000.000 a $78.000.000, y para aplicar la alícuota del 2,00% el monto máximo aumenta de $ 2.000.000 a $ 3.000.000.

Por otro lado, se establece que será de aplicación la alícuota del 0,00% para actividades primarias cuando los ingresos obtenidos en el periodo fiscal anterior no superen los $ 117.000.000.

Además, se incrementa de 3,50% a 4,50% la alícuota aplicable para los servicios de mercados, bolsas de valores, evaluación de riesgos y servicios auxiliares a los servicios de seguros. Esta alícuota aumentará a 5,00%, cuando los ingresos obtenidos en el periodo fiscal anterior superen los $ 975.000. Adicionalmente, en caso de que los ingresos obtenidos superen los $ 58.500.00, se incrementará a 5,50%.

Por último, se establece, extraordinariamente para el ejercicio 2020, un incremento en el impuesto a abonarse mensualmente, aplicable a actividades del rubro de Servicios de transporte y almacenamiento en lo vinculado a las terminales portuarias ubicadas en la Provincia de Buenos Aires. Dicho incremento será de:

  • $ 47 por cada fracción que supere los 500 kg de mercadería cargada en buques.
  • $ 139 por cada fracción que supere los 500 kg de mercadería descargada de buques.
  • $ 23 por cada fracción que supere los 500 kg de mercadería removida.

Este incremento no será de aplicación en caso de que se trate de mercadería en tránsito, arena, piedra y otros productos áridos y mercadería vinculada con la actividad pesquera de los buques y embarcaciones que operan desde los puertos y apostaderos bonaerenses, así como también los productos de la pesca artesanal y acuicultura.

En lo referido al Impuesto de Sellos, se incrementa de $ 962.000 a $1.731.600 la valuación fiscal hasta la cual estarán gravados a una alícuota del 0,00% los actos de locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente. Cuando supere el nuevo monto, la alícuota será del 0.05%.

Por otro lado, se incrementan las valuaciones fiscales exentas de las escrituras traslativas de dominio de inmuebles cuando se trate de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente pasando de $ 962.000 a $ 1.154.400 y en el caso de adquisición de lotes para vivienda única, familiar y de ocupación permanente de $ 481.000 a $ 577.200.

En otro orden de ideas, en cuanto al Impuesto a la transmisión Gratuita de Bienes, se incrementa el mínimo no imponible de los enriquecimientos patrimoniales a título gratuito de $ 296.000 a $ 322.800. Adicionalmente, cuando se trate de padres, hijos o cónyuges dicho mínimo pasara de $ 1.120.000 a $ 1.344.000.

Por último, se incrementan los valores de las multas por las infracciones de las obligaciones y deberes fiscales.

Las disposiciones de la presente ley entran en vigencia el 10/01/2020 y son de aplicación a partir del 01/01/2020.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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